mayo 8, 2024

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Panorama de los árbitros en España: Clyde & Co

Panorama de los árbitros en España: Clyde & Co

El primer artículo de la última serie de arbitraje internacional de Clyde & Co cubre el tema del panorama del arbitraje en varias jurisdicciones internacionales. En este artículo, la asociada Marta Macia de nuestra oficina de Madrid ofrece una perspectiva jurídica española.

Introducción

Los árbitros desempeñan un papel importante en el proceso de arbitraje, ya que toman decisiones imparciales y utilizan su experiencia para resolver disputas. Sus calificaciones, antecedentes y enfoque de arbitraje afectan significativamente el resultado y la credibilidad de los procedimientos.

España cuenta con varias instituciones arbitrales importantes. En este artículo, exploramos el panorama de los árbitros en España y exploramos las reglas y criterios de nominación seguidos por las principales instituciones arbitrales españolas.

Disposiciones obligatorias sobre el nombramiento de árbitro y obligaciones de divulgación

Ley española de Arbitraje núm. 60/2003 (El «Ley Española de Arbitraje») se inspira en la Ley Modelo CNUDMI y adopta sustancialmente los requisitos de divulgación establecidos en la Ley Modelo CNUDMI.

Limitaciones generales

Los requisitos para la selección de árbitros establecidos en la Ley de Arbitraje española tienen ciertas limitaciones. Las limitaciones son las siguientes:

  1. Pueden ser árbitros las personas físicas en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la ley con sujeción al ejercicio de su profesión (artículo 13 de la Ley de Arbitraje española). Se requiere para jueces y magistrados en activo, miembros del Ministerio Público o fiscales;
  2. La nacionalidad de una persona no le impide actuar como árbitro (artículo 13 de la Ley de Arbitraje española);
  3. Si el laudo arbitral ha de ser decidido por un árbitro único, salvo acuerdo en contrario o en equidad de las partes (artículo 15 de la Ley de Arbitraje), habrá un árbitro único;
  4. Cuando la decisión arbitral sea adoptada por tres o más árbitros, al menos uno de ellos deberá ser juez (artículo 15.1 de la Ley de Arbitraje española); Y
  5. Si una persona actúa como árbitro en un litigio, no puede ser designada como árbitro en el mismo litigio (artículo 17.4 de la Ley de Arbitraje española).

Obligaciones de divulgación

Si se contacta a una persona para su nombramiento como árbitro, deberá revelar la misma «Cualquier circunstancia que suscite dudas razonables sobre su imparcialidad o independencia.”. Un árbitro deberá, en el momento de su nombramiento y durante todo el procedimiento arbitral, comunicar dichas circunstancias a las partes (artículo 17.1 de la Ley de Arbitraje española).

La Ley de Arbitraje española no contiene ninguna definición de «circunstancias» que puedan generar dudas razonables sobre la imparcialidad o independencia de un árbitro. Sin embargo, los profesionales del arbitraje y los tribunales españoles suelen utilizar como guía las Directrices de la IBA de 2014 y la jurisprudencia clave.

Cualificaciones y trayectoria de los árbitros en España. Promoviendo la diversidad

Los árbitros en España tienen una amplia gama de calificaciones y antecedentes, lo que contribuye a la riqueza y experiencia de la comunidad de árbitros. Generalmente, los árbitros tienen una amplia experiencia en derecho, especializándose a menudo en resolución de disputas, derecho comercial, derecho internacional o sectores industriales específicos. Muchos árbitros tienen títulos avanzados como Maestría en Derecho (LLM) o Doctorado en Ciencias Jurídicas (SJD) y han completado programas especializados de formación de árbitros. Al seleccionar árbitros, las partes a menudo consideran factores como la experiencia del árbitro, su reputación, sus conocimientos en los asuntos en disputa y sus habilidades lingüísticas. Los árbitros en España suelen tener una combinación de experiencias profesionales, incluso en despachos de abogados, funciones de asesoramiento empresarial o el mundo académico.

El panorama de árbitros en España es internacional, e incluye tanto a nacionales españoles como a expertos extranjeros. A menudo se nombran expertos extranjeros, especialmente en disputas transfronterizas o casos que involucran a partes de diferentes jurisdicciones. En estos arbitrajes, la presencia de un árbitro extranjero puede agregar un elemento adicional de experiencia en asuntos internacionales.

La presencia de mujeres en el arbitraje ha aumentado significativamente en las últimas décadas en España. Sin embargo, se ha observado que los partidos todavía eligen árbitros varones en lugar de árbitros mujeres y, como resultado, las mujeres están subrepresentadas cuando los partidos nombran árbitros. Para afrontar este problema, las instituciones arbitrales españolas, autoridades, asociaciones y, en general, la comunidad arbitral española, están utilizando sus plataformas para promover la diversidad en la selección de árbitros. Por ejemplo, las instituciones arbitrales españolas y los bufetes de abogados, incluido Clyde & Co, han firmado el Compromiso de Representación Igualitaria en el Arbitraje, que recomienda medidas viables para aumentar el número de mujeres nombradas como árbitros con el fin de lograr una representación justa lo antes posible en la práctica. Posible.

Nombramiento de árbitros en las principales instituciones arbitrales de España

Corte Española de Arbitraje dentro de la Cámara de Comercio (Corte Española de Arbitraje), la Corte de Arbitraje de Madrid (Corte de Arbitraje de Madrid, CAM), Corte de Arbitraje Civil y Comercial (Corte de Arbitraje Civil y Mercantil, CIMA), Centro de Arbitraje Internacional de Madrid (CIAM) y la Corte Arbitral de Barcelona (Arbitraje de Barcelona, ​​TAB) son las principales instituciones arbitrales que actúan como pilares del panorama arbitral español. Los siguientes párrafos detallan cómo estas instituciones contribuyen al nombramiento de árbitros en España.

Corte Española de Arbitraje

La Corte de Arbitraje de España mantiene una lista de identidad de árbitros reconocidos con diversos antecedentes y experiencia. La lista indicativa tiene carácter meramente informativo y no excluye que profesionales no incluidos en la lista puedan actuar como árbitros de la institución.

Cuando actúa como autoridad nominadora, el tribunal sigue un sofisticado proceso de nominación para garantizar la selección de árbitros calificados. Se tienen en cuenta factores como la experiencia, la reputación y el conocimiento del idioma. Miguel Rellano y Luis Enrique Rodríguez, socios de nuestra oficina de Madrid, son miembros del tribunal arbitral de la Corte Española de Arbitraje.

Corte de Arbitraje de Madrid (CAM)

A diferencia de la Corte Arbitral española, desde julio de 2018 la Corte Arbitral de Madrid decidió aprobar un nuevo sistema de nominación que no proporciona una lista de árbitros aprobados.

CAM mantiene su propia base de datos de candidatos, que puede complementarse identificando otros perfiles adecuados a través de canales alternativos. Por tanto, personas no incluidas en la base de datos de CAM podrán ser designadas como árbitros en procedimientos administrados por CAM.

Teniendo en cuenta las cualificaciones, conocimientos y experiencia en disputa, la empresa sigue un enfoque transparente y basado en el mérito. Los nombres de los árbitros designados por la CAM se publicarán en la página web de la CAM, junto con el origen del nombramiento (partes, coárbitros o tribunal) y si el caso aún está abierto o cerrado.

Corte de Arbitraje Civil y Comercial (“CIMA”)

CIMA es un organismo arbitral de larga tradición en España. A junio de 2023, cuenta con una lista de 134 árbitros para procedimientos regulares, accesible a través de su sitio web con un perfil personal de cada uno e información sobre sus conocimientos, formación académica, experiencia arbitral y publicaciones clave. Para arbitrajes inferiores a 40.000 €, también hay una lista de 39 árbitros accesible en el sitio web de CIMA.

Los artículos 15 a 20 del Reglamento CIMA se aplican sólo en ausencia de acuerdo de las partes sobre el nombramiento de un árbitro. Sin embargo, la regla general es que los árbitros propuestos o designados deben formar parte de la lista de árbitros de CIMA.

Centro de Arbitraje Internacional de Madrid («CIAM»)

El CIAM, que entró en funcionamiento en enero de 2020, es la institución más reciente en España para litigios internacionales. Es el resultado de la fusión de los procedimientos internacionales de CAM, CIMA y la Corte Española de Arbitraje.

El CIAM tiene sus propias reglas sobre nombramiento y confirmación de árbitros (Anexo 1 del Reglamento de Arbitraje del CIAM). La regla general es que las partes son libres de acordar la designación de todos los árbitros del tribunal arbitral. A falta de acuerdo, el CIAM presentará a las partes una lista de árbitros en un procedimiento de dos etapas: la etapa de propuesta y la etapa de decisión (Artículos 1 a 3 del Reglamento para el Nombramiento de Árbitros).

La propuesta del candidato se elabora con base en los conocimientos y experiencia de los candidatos, los cuales deben ser relevantes a la complejidad y relevancia del jurado. Se tendrán en cuenta aspectos como la nacionalidad, el idioma, la necesidad o disponibilidad de conocimientos técnicos específicos, y factores adicionales como la fecha de su último nombramiento, la edad, el sexo o, en su caso, la incorporación de nuevos especialistas. En procedimientos arbitrales CIAM (Artículo 5 del Reglamento para el Nombramiento de Árbitro).

Arbitraje de Barcelona (“TAB” – Tribunal Arbitra de Barcelona)

El TAB es una institución de arbitraje con sede en Barcelona que administra principalmente disputas internas. El TAB sigue estrictas reglas de nominación que consideran las calificaciones, la experiencia y la reputación de los árbitros.

Si el arbitraje es estatutario, sólo los árbitros con al menos diez años de formación jurídica son elegibles para formar parte de la lista de árbitros acreditados del instituto, que a junio de 2023 comprende 207 árbitros.

Excepcionalmente, por acuerdo de las partes o por razones que surjan de las peculiaridades de un procedimiento de arbitraje particular, el TAB podrá, mediante acuerdo razonable, nombrar un árbitro fuera de la lista del TAB.

Club Español de Árbitros

El Club Español del Arbitraje es un foro de arbitraje que reúne a profesionales, académicos y otros expertos involucrados en el arbitraje. Proporciona una plataforma para establecer contactos, compartir conocimientos y debates sobre cuestiones relacionadas con el arbitraje. El club organiza eventos, conferencias y seminarios periódicamente para facilitar el intercambio de ideas y promover los más altos estándares en la práctica del arbitraje. Su colaboración con instituciones arbitrales como la Corte Española de Arbitraje y la CAM fortalece las relaciones entre profesionales e instituciones, fomentando una comunidad arbitral cohesionada y dinámica.

Conclusión

El sistema arbitral español cuenta con una sólida estructura para el nombramiento de árbitros, priorizando el derecho de las partes a elegir el nombramiento y asegurando la selección de expertos cualificados con diversa formación y experiencia y altas garantías de independencia e imparcialidad. Los árbitros españoles suelen tener cualificaciones jurídicas avanzadas y experiencia práctica, lo que les proporciona el conocimiento y las habilidades necesarios para gestionar disputas complejas. Las principales instituciones arbitrales de España han establecido reglas de nominación que priorizan el conocimiento, la experiencia y la diversidad.

Agradecemos a Michael Donovan, abogado en ejercicio en nuestra oficina de Madrid, por su asistencia en la investigación.

La serie continúa la próxima semana con Inglaterra y Gales.

¹ Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 12 de julio de 2022 núm. 28/2022, descartó que la independencia e imparcialidad del árbitro se vea comprometida porque el árbitro, como abogado de una de las partes en la misma facultad de derecho, lo indique expresamente. Esta situación está incluida en la Lista Verde de las Reglas de Intereses de la IBA donde no existe ningún conflicto de intereses aparente o real y desde un punto de vista objetivo, no hay obligación de revelar las circunstancias que corresponden al árbitro. Lista verde.

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