mayo 8, 2024

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ÚLTIMA HORA: España incumple las leyes de contaminación de la UE

ÚLTIMA HORA: España incumple las leyes de contaminación de la UE

España ha incumplido las leyes de contaminación de la UE, dictaminó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el jueves 21 de diciembre.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJUE) declaró que España había incumplido la petición de la Comisión en dos puntos específicos relacionados con las leyes de contaminación en Madrid y Barcelona.

Según el TJUE/, la Comisión acusó a España de infringir la directiva de calidad del aire por el valor límite anual de dióxido de nitrógeno NO2, que se superó por primera vez y de forma continuada en 2010 en la comarca del Valles-Baix Llobregat de Barcelona y en Madrid.

Tras la sentencia de 22 de diciembre, el TJUE señaló: “España no se aseguró de que el valor límite anual de dióxido de nitrógeno (NO2) no fuera superado de forma regular y continua, por un lado, de 2010 a 2018, en el área metropolitana de ​​Barcelona y la ciudad de Madrid y, de 2010 a 2017, en Valles.-En la zona del Baix Llobregat, y, por otra parte, de 2010 a 2018, en la zona de la ciudad de Madrid, el límite horario el valor se establece en NO2″.

Y añadía: “Desde el 11 de junio de 2010, al no adoptar, España no ha conseguido que los planes de calidad del aire prevean las medidas adecuadas para que los valores límite fijados para el NO2 sean lo más estrechos posibles. Medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento de dichos valores límite en las zonas del área metropolitana de Barcelona, ​​Valles-Pikes Llobregat y Madrid.

En los datos registrados, se dice que España ha «superado de forma regular y constante los valores límite anuales y horarios».

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Según apunta, entre 2010 y 2018, España superó «de forma sistemática y constante» los valores límite anuales en las regiones de Barcelona, ​​Valles-Pikes Llobregat y Madrid.

Cuando se excedan estos valores límite, los países deben adoptar planes de calidad del aire que establezcan las medidas adecuadas para garantizar que el período de superación sea lo más corto posible.

La Comisión Europea consideró que en los planes de calidad del aire adoptados, España no preveía las medidas adecuadas y suficientes para garantizar que el plazo de superación de los límites establecidos en las tres zonas afectadas sea lo más breve posible.


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